El Consejo Administrativo de la Unidad de Electrificación Rural y Suburbana ( UERS) aprobó un contrato irregular de servicios con la empresa Helidosa Aviation Group, S.A, propiedad de Gonzalo Castillo, que para entonces no contaba con registro de proveedor del Estado habilitado.

Según las investigación especial de la Cámara de Cuentas de la República (CCRD) el contrato se firmó el 31 de agosto de 2017, para brindar servicios de aeroambulancia en su plan Alert Plus a los funcionarios y empleados de la UERS, precisa el informe.

Los auditores aseguran que pudieron confirmar a través del portal de Compras y Contrataciones, que el RPE correspondiente a la referida sociedad comercial de Gonzalo Castillo está inhabilitado para hacer negocios con el Estado.

Unos 482 funcionarios y empleados de la entidad pagaban de su sueldo 95 pesos mensuales al Helidosa, que eran descontados automáticamente a través de la nómina.

La Cámara refiere que la Resolución 14-2015, de la Dirección General de Contrataciones Públicas, dispone los siguiente:

"Tercero: Ninguna entidad contratante amparada por la Ley de compras y contrataciones podrá contratar con personas físicas y jurídicas cuyo Registro de Proveedores del Estado haya sido cancelado o inactivado (…).”

Mediante comunicación enviada por la CCRD la señora Thelma Eusebio, exdirectora general de la UERS, expresa: "En la verificación de constancia de RPE, Compras Dominicanas, podemos observar que el suplidor HELIDOSA AVIATION GROUP S. A, RPE. NO. 3178, su estado en compras dominicana es ACTIVO". SIC,”

Esta aplicaciones no convencieron a los auditores del órgano regulador, quienes sostienen que en “virtud de las consideraciones expresadas en la réplica por Thelma Eusebio, la cual hace referencia a verificaciones realizadas en la actualidad, y el señalamiento de los auditores es basado en las evidencias recopiladas correspondientes a fecha de suscripción del contrato ( agosto de 2017) por lo que, la observación se mantiene.”.

La auditoría no consigna los desembolsos realizados a favor de la empresa de servicios de aeroambulancia durante el periodo contratado.