En unas recientes declaraciones a la opinión pública el magistrado Luis Henry Molina Peña, presidente del Consejo del Poder Judicial y de la Suprema Corte Justicia manifestó lo peligroso y lesivo que resulta para el sistema jurídico tener jueces con miedo, recalcó la importancia para la sociedad de contar con jueces que actúen de forma independiente y apegada solamente a la ley.

Corroboro las declaraciones del magistrado Molina. La función judicial resulta ser el contrapeso del poder coactivo del Estado.  Los tribunales de la República constituyen el lugar idóneo para la resolución de los conflictos judicializados, así lo afirma la Constitución de la República Dominicana  en su artículo 149 párrafo I establece que  “la función judicial consiste en administrar justicia para decidir sobre los conflictos entre personas físicas o morales, en derecho privado o público, en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado. Su ejercicio corresponde a los tribunales y juzgados determinados por la ley. El Poder Judicial  goza de autonomía funcional, administrativa y presupuestaria.”;

La globalización conjugada con los avances en las tecnologías de la información han posibilitado la interconexión del mundo; con un “click” podemos acortar miles de kilómetros. El acceso de la ciudanía a crear opinión pública ha colaborado con la democratización de la información, sin embargo se han acrecentado de forma considerable las llamadas noticias falsas, las injurias y difamaciones infundadas al punto que es común ver en los medios los notas de desmentidos y fe de errata. Sin lugar a duda se ha cualquierizado el buen nombre y la honra, donde cualquier persona con un video puede destruir o dejar en entre dicho una trayectoria correcta.

Resulta más lamentable, penoso e indignante cuando los conflictos judiciales quieren ser debatidos en las redes y en los medios de comunicación. Pero resulta más triste ver que los promotores de dicho populismo penal son actores que la ley les impone funciones específicas, las cuales no cumplen y pretenden apañar su propia falta denostando a quien si cumple con su tarea.

La función del juez es ser un tercero imparcial, quien actúa en independencia de criterio apegado solamente a la Constitución y las Leyes sin temor a interferencia, presiones mediáticas o represalias, así lo manda la propia Carta Magna en su artículo 151 al establecer que “las y los jueces integrantes del Poder Judicial son independientes, imparciales, responsables e inamovibles y están sometidos a la Constitución y las  Leyes. No podrán ser removidos, separados, suspendidos, trasladados o jubilados, sino por alguna de las causas establecidas y las garantías previstas en la ley”.

Los jueces no buscan pruebas, no investigan, no tienen mayor interés que aplicar el derecho, apegados al debido proceso y la tutela judicial efectiva. Muchas críticas ha recibido el Código Procesal Penal, que si es garantista, que si es pro-delincuente; la respuesta es que la gran bondad del Código Procesal Penal es que pone reglas claras para el proceso penal, establece funciones específicas a los diferentes actores y a la vez dispone de sanciones para aquellos actores que no cumplan sus funciones en los plazos establecidos.

Todos los ciudadanos debemos luchar para que el debido proceso y la tutela judicial efectiva establecida en la Constitución (artículos 68 y 69) sean respetados. Recordemos que la historia nacional reciente nos enseñó que el pandero cambia de mano, y en la media que se respeten los procedimientos podremos construir una verdadera democracia.

No se puede perseguir mediáticamente a un juez por una decisión judicial, usted puede estar de acuerdo o no con la sentencia. No es justo destruir el buen nombre de quien cumple con su deber, que le ha sido impuesto constitucionalmente. Use las vías recursivas que le confiera la propia carta fundacional cuando en su artículo 149 párrafo III establece “que toda decisión emanada de un tribunal podrá ser recurrida ante un tribunal superior, sujeto a las condiciones y excepciones que establezcan la leyes”.

El peligro del populismo penal se constituye en que es irracional, en muchas ocasiones las tendencias de las redes son antijurídicas, y más que justicia buscan venganza; es peligroso para la estabilidad jurídica atender al pan y circo pedido por el pueblo, pues esto llevaría a un Estado anómico del derecho y en consecuencia alejaría la inversión extranjera afectando directamente la economía nacional.

Los jueces no responden los ataques mediáticos porque tengan temor; los jueces “hablan por sentencia” porque es en los tribunales el lugar que manda la Constitución que sean debatidos los conflictos.

La justicia es ciega para no conocer a las partes y actuar con igualdad, tiene espada para ejecutar su designio en la defensa del oprimido y tiene balanza para ser justa.