A José Chez Checo

  • 1. El artículo XIII del Reglamento de la Academia Dominicana de la Lengua (ADL), correspondiente de la Real Academia Española desde el 2 de enero de 1932, titulado “Disposición transitoria”, ordenó al presidente de la corporación, monseñor Adolfo Alejandro Nouel, lo siguiente: “El presidente de esta Academia Dominicana de la Lengua, queda facultado para solicitar la incorporación de la misma, de conformidad con la Ley sobre Asociaciones que no tengan por finalidad un beneficio pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920 (Gaceta n.º 3139), y para cumplir con las formalidades legales subsiguientes, Ciudad Trujillo, R. D., 31 de julio de 1939.” (Boletín de la ADL, año 1 n.º 1. 12 de octubre de 1939, p. 51).
  • 2. A 82 años del acto oficial de instalación de la ADL en el local de la Casa de España de la calle padre Billini, ninguno de los presidentes, y luego directores, que tuvo, y ha tenido la ADL, cumplió con este mandato obligatorio, razón por la que afirmo categóricamente que nuestra corporación existe de hecho, pero no de derecho, por lo cual es un fantasma que, no obstante, recibe dineros públicos desde aquel lejano día en que el brigadier Rafael Leónidas Trujillo. Presidente de la República, ordenó que así fuese, hasta hoy, sin que hasta la fecha haya sido dicha institución reconocida por el Poder Ejecutivo, a pesar de haber sido fundada el 12 de octubre de 1927.
  • 3. Cuando Guillermo Piña Contreras revisó los decretos del Poder Ejecutivo desde 1930 hasta hoy, me comunicó la información de que la ADL no había sido incorporada hasta hoy por ningún decreto. De inmediato, le dirigí una comunicación al Dr. Antoliano Peralta Romero, Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, con el objeto de que me certificara si desde 1930 hasta hoy había emanado del Poder Ejecutivo algún decreto de incorporación de la ADL por parte del Poder Ejecutivo. He aquí la escueta respuesta del Dr. Peralta Romero: “Estimado amigo: tengo a bien informarle que hasta el momento en la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo no hay constancia de que se haya dictado decreto alguno relativo a la incorporación de la Academia Dominicana de la Lengua.” (Carta de 3 de julio de 2021).
  • 4. Ese Rafael Leónidas Trujillo, sí, ese mismo, condenado sin apelación por los historiadores dominicanos contemporáneos a causa de la implacable dictadura que instauró sobre un montón de cadáveres y de las libertades públicas a partir del golpe de Estado del 23 de febrero de 1930 en contra del anciano Horacio Vásquez y que duró hasta el 30 de mayo de 1961, día de su asesinato. Sí, ese mismo dictador sobre quien no se han cumplido las proféticas palabras de Américo Lugo acerca de lo que es la historia inmediata, asistió, en su calidad de presidente de la República, aquel 12 de octubre de 1932, a la instalación de la ADL y pronunció un “conceptuoso” discurso, según los ditirambos de los trujillólogos de la época, en el que se comprometió a dotar de fondos a la institución para su funcionamiento. Lo más probable es que el discurso fuera redactada por Max Henríquez Ureña o por uno de esos áulicos a quienes les correspondía siempre el cargo de Secretario de Estado de la Presidencia. (El discurso del Jefe está insertado en el Boletín número 1 ya citado, pp. 29-30).
  • 5. En tal virtud, y dada la verdad irrefragable de la falta de incorporación o reconocimiento de la ADL por parte del Poder Ejecutivo, invito a los académicos de número a firmar, junto con los miembros del “Grupo ‘Pedro Henríquez Ureña’ por el Rescate y Adecentamiento” de la ADL a firmar, dirigida al director Bruno Rosario Candelier, una solicitud de convocatoria formal a una asamblea del pleno de la institución con el único y expreso objetivo de reformar los Estatutos de 2002, únicos válidos legalmente, ya que la reforma de 2006 se hizo sin asamblea del pleno, convocatoria que se hará con el único y expreso motivo de aprobar, primero, el Acta de instalación de la Academia como tal y, en segundo lugar, elevar una instancia ante el Poder Ejecutivo para que apruebe el reconocimiento de la ADL como una institución de derecho público de acuerdo a los que estatuye la ley 122-05 sobre asociaciones sin fines de lucro, tal como se hizo con el reconocimiento de la fraterna Academia Dominicana de la Historia mediante decreto 42-14. Para que la asamblea del pleno de académicos de número tenga fuerza estatutaria se necesita solamente la firma del 10 por ciento de los académicos de número activos. Quienes estén de acuerdo con esta solicitud de convocatoria, favor de enviar una comunicación en este sentido al suscrito al correo electrónico siguiente: diogenes.cespedes@gmail.com
  • 6. Esta convocatoria es una labor patriótica y cultural de primer orden, porque la patria está incluida en la lengua a través del discurso. Sin la existencia del español dominicano no existimos como dominicanos y a lo más que llegaríamos, en la escala de la naturaleza, si perdiéramos la facultad de hablar el español, es a equipararnos con los animales de la selva.
  • 7. Somos los académicos de número, con nuestro trabajo intelectual y con nuestro compromiso ético, los que prestigiamos a la ADL. A pesar del apoyo oficial brindado por el dictador Trujillo a las academias, al Ateneo Dominicano, al Instituto Trujilloniano, a la Universidad de Santo Domingo y a cuanta institución cultural lo solicitara, nuestra ADL vivió una vida tortuosa en la era de Trujillo. Primero se alojó, arrimada a la Casa de España; de ahí se mudó a la Universidad de Santo Domingo, posiblemente adherida, como rémora, a un aula cualquiera de la antigua Facultad de Filosofía y Letras. En 1941, la ADL se propuso “gestionar” que la Academia fuera “trasladada a un local más adecuado.” (Boletín 4, p. 46). En ese mismo Boletín (pp. 4-5), el presidente de la ADL, Cayetano Armando Rodríguez, le dirigió una carta a Trujillo el 14 de noviembre de 1939 informándole que “la institución ha venido llevando vida languideciente por la falta absoluta de recursos (…) Solicita, pues, vuestra también hija espiritual, cualquier subvención que le permita sostenerse y llenar los altos fines culturales y cívicos que se propone y que movieron a su fundación.” De ahí volvió a la zona colonial hasta que Balaguer, miembro de dicha corporación, y con la buena voluntad del arquitecto Eugenio Pérez Montás, la alojó en el espacio que hoy comparte, calle Mercedes 204, con la Academia Dominicana de la Historia, la de Medicina y otras entidades.
  • Pero todavía en junio de 1941, en el Boletín número 4 (p. 40), el secretario vitalicio, Federico Llaverías se dolía de que la ADL no había sido incorporada. Los efectos devastadores de la Segunda Guerra Mundial y los afanes de Trujillo para reelegirse en 1942, así como el activismo social de las mujeres para lograr el voto y el reconocimiento de sus derechos políticos provocaron, quizá, la desidia y el olvido de la tarea que le había sido encomendada a los presidentes de la ADL: incorporarla como una institución sin fines de lucro.

§ 8. Pero de lo que no se olvidaron jamás los académicos de número de la ADL y los activistas de la ideología propagandística de la dictadura fue el proponer la candidatura de Rafael Leónidas Trujillo Molina como miembro de número de la institución. Me propongo realizar una modesta investigación de los pormenores y detalles de este acontecimiento que convirtieron a un analfabeto funcional en colega de todos nosotros y quien, aunque con el título de electo, figura en el diccionario de la Real Academia Española como el académico don Rafael Leónidas Trujillo Molina (página XVIII de la edición del DRAE de 1956). El Generalísimo “aparece como miembro correspondiente de la Corporación junto a otros intelectuales dominicanos”. (Véase Lino A. Romero. Trujillo: El hombre y su personalidad. Santo Domingo: Búho, 2006, p.361-364). Me propongo investigar quiénes llevaron la voz cantante con semejante iniciativa o quiénes  movieron el asunto bajo cuerda; si el dictador pronunció su discurso de ingreso y dónde se encuentra publicado, quién pronunció el discurso de recepción del nuevo “académico de número”, a pesar de que este no cumplía con los requisitos que se exige para ser miembro de número, cuales son, mutatis mutandis, casi los mismos que exigen los Estatutos de 2002: “… servir o haber servido una cátedra de gramática o de filología en un establecimiento de enseñanza secundaria o superior, o haber publicado notables obras o trabajos gramaticales o literarios…” (Boletín 1, p. 48); y, en fin, todo el alboroto que se armó en torno a esta payasada, a este nuevo académico y la recepción que produjo el evento en los medios de comunicación de la época (sobre todo en los periódicos La Nación, El Caribe y las revistas de circulación en la Capital y el interior) y también el eco de la prensa en el plano internacional. Si el académico electo Trujillo no pronunció su discurso de ingreso a la ADL, todo fue una pantomima propagandística para consumo del extranjero, razón por la que no merece entonces este asunto ninguna investigación, porque quien no pronuncia su discurso de ingreso a la ADL no es académico de la institución. Para culminar esta saga, le seguiré la huella a Trujillo a través de los Boletines de la ADL desde 1956 en adelante. Cosas veredes, Sancho.