SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La estatal Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) acogió la decisión del Ministerio de Salud Pública que se limita la cobertura subsidiada a solo una prueba PCR al año, con lo que quien necesite conocer si está infectado deberá pagar RD$6,300 (antígena y PCR).

Mediante la resolución 237-2021, la Sisalril establece que el financiamiento para la cobertura de la prueba para la confirmación del coronavirus se tramitará a través de las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) con los fondos dispuestos por el Estado Dominicano para tales fines.

Las pruebas PCR tienen un costo de RD$4,300 y han sido subsidiadas por el Estado. A partir de ahora solo se considerará su uso una vez al año de acuerdo a tres parámetros establecidos en la resolución, por lo que una persona que necesite conocer si está infectado deberá pagar RD$6,300 (antígena y PCR), en caso de haber agotado la subsidiada.

La prueba antigénica, primera opción para determinar el virus antes de proceder a la PCR, tiene un costo de RD$2,000 y no está cubierto por las ARS, dejando a la capacidad de pago de la población la posibilidad de acceder o no al diagnóstico.

“Las Administradoras de Riesgos de Salud autorizarán una única prueba RT PCR SARS-COV-2 por año, a partir de la  vigencia de la presente resolución, a los afiliados del Seguro Familiar de Salud (en los Regímenes Contributivo y Subsidiado) a los afiliados de Planes Especiales Transitorios de Pensionados y Jubilados".

Tambnién "a los afiliados de Planes Voluntarios regulados por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, indistintamente de que dicha prueba sea requerida en un servicio ambulatorio, a domicilio o intrahospitalario, siempre que se cumplan con los criterios establecidos por el Ministerio de Salud Pública para su acceso”, establece la resolución

Indica que la ARS SeNaSa continuará garantizando dicha prueba a las personas no afiliadas, así como a los afiliados que no se encuentren activos con cobertura según los criterios establecidos por las autoridades de salud para su acceso.

Requisitos

De acuerdo con la Sisalril, para solicitar autorización de la prueba PCR los afiliados o no afiliados deberán presentar los resultados de la prueba de antígeno ante los laboratorios u otros Prestadores de Servicios de Salud (PSS) mediante una foto o el documento físico, según la vía por la que se gestione la prueba.

Para la autorizaci6n de la prueba PCR, la toma de muestra del antígeno no debe tener más de 72 horas.

Asimismo, indica que los médicos prescriptores de la PCR, deberán especificar en su indicación si el paciente cumple con los siguientes criterios: sintomático con antígeno negativo, asintomático con contacto confirmado y antígeno negativo, asintomático con contacto no confirmado y antígeno positivo.

En caso de que la prescripción no cuente con esta información, el laboratorio tratará de recogerla. La falta de dicha información no será, en ningún caso, motivo de limitación de la cobertura.

El documento sostiene, además, que el laboratorio u otro prestador que realice la prueba PCR deberá anexar al reclamo de las facturas para pago por las ARS, la evidencia del resultado de antígeno a nombre del beneficiario, junto a los demás requisitos.

La Sisalril indicó que no se aplicará la cobertura de la prueba PCR para el seguimiento de casos positivos como requisito para la reincorporación laboral, para viajes al extranjero o ninguna otra condición que no sean las establecidas por el Ministerio de Salud Pública.

La cobertura de la PCR será renovada una vez al año, a partir del mes de abril para todos los afiliados activos a la fecha, y a partir del mes de inicio de cotizaciones para los afiliados nuevos. La resolución entrará en vigencia a partir del próximo 23 de abril.