Veinte años de horario de alcohol fijado por decreto llegan a su límite
El Tribunal Constitucional anuló el Decreto 308-06 porque solo una ley puede imponer restricciones permanentes, y le dio dos años al Congreso
La clave en 10 segundos
El Tribunal Constitucional anuló el decreto que desde 2006 fija los horarios de venta de alcohol. Su razonamiento no fue que la restricción sea excesiva, sino que el Poder Ejecutivo no es la autoridad competente para imponerla de forma permanente: eso requiere una ley. El Tribunal difirió los efectos dos años, así que el decreto sigue aplicándose mientras el Congreso legisla.
El problema no era el horario: era quién lo fija
El Tribunal estableció que el punto en discusión no era la razonabilidad de restringir la venta de bebidas alcohólicas, sino cuál es la autoridad competente para imponer esas restricciones de manera permanente. Y concluyó que el Poder Ejecutivo no puede hacerlo por decreto.
Medidas temporales sí; restricciones permanentes no
La sentencia distingue entre dos cosas: el Presidente sí puede dictar decretos para circunstancias específicas y temporales —como períodos de asueto—, pero una regulación general y permanente que afecta derechos requiere aprobación del Congreso Nacional bajo la Constitución de 2010.
El reloj de dos años
El Tribunal difirió los efectos de su decisión por dos años, a solicitud del Ejecutivo, para evitar un vacío regulatorio y dar tiempo al Congreso. En la práctica, el Decreto 308-06 sigue aplicándose mientras corre ese plazo.
Se dicta el Decreto 308-06, que fija los horarios de expendio de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional.
Entra en vigencia la Constitución de 2010, que refuerza la reserva de ley para la regulación permanente de derechos.
El Tribunal Constitucional dicta la sentencia TC/0689/26 y declara inconstitucional el Decreto 308-06, difiriendo sus efectos por dos años.
Ventana para que el Congreso Nacional apruebe una ley que regule los horarios de venta. Mientras tanto, la restricción permanece vigente.
| Aspecto | Antes de TC/0689/26 | Después de TC/0689/26 |
|---|---|---|
| Norma que fija el horario | Decreto 308-06 (2006) | Decreto 308-06, declarado inconstitucional pero con efectos diferidos |
| ¿Aplica hoy la restricción? | Sí | Sí, por el diferimiento de dos años |
| Autoridad competente | Poder Ejecutivo, vía decreto | Congreso Nacional, vía ley |
| Decretos temporales por asuetos | Permitidos | Permitidos |
| Plazo para legislar | No aplicaba | Dos años desde la sentencia |